Exposición de motivos

Proposición de ley de regulación de la dación en pago, de paralización de los desahucios y de alquiler social.
El crecimiento económico español de los últimos años ha ido estrechamente ligado a la construcción de viviendas y al impulso de la propiedad privada como principal régimen de tenencia de xvideos. Para alcanzar este objetivo, las entidades bancarias, estimuladas por la ausencia de controles públicos, incentivaron la concesión abusiva de créditos hipotecarios.

El estancamiento de los salarios, el vertiginoso aumento del precio de la vivienda, la ausencia de viviendas de alquiler, unos tipos de interés en mínimos históricos, así como una deficiente supervisión por parte del Banco de España, reconocida por la propia Comisión  Europea, empujaron a decenas de miles de familias a endeudarse. Para poder acceder a una vivienda las familias contrajeron hipotecas de hasta 40 años comprometiendo en muchos casos más del 50% de sus ingresos. En muchas ocasiones, además, las hipotecas se concedieron por un importe superior al 80% del valor de tasación, lo que supone una exposición desmesurada al riesgo.

Como resultado de esta situación la principal causa de endeudamiento de las familias en el estado español es el crédito hipotecario. Este endeudamiento de las familias respecto a las rentas disponibles ocupa los primeros puestos del ranking internacional. Este sobreendeudamiento se ha producido especialmente durante los últimos años. La proporción entre renta y endeudamiento ha crecido desde el 45% en el año 1995 o del 76,7% en 2001 hasta sobrepasar el 140% en 2008.

El estancamiento del modelo de crecimiento económico, el estallido de la burbuja inmobiliaria y la posterior crisis financiera y económica han dejado en España unas altísimas tasas de desempleo. La disminución de ingresos hace que muchos hogares que no puedan afrontar el pago de la hipoteca. Cuando esto ocurre el ordenamiento del porno español prevé un procedimiento de ejecución hipotecaria que comporta no sólo la pérdida de la vivienda habitual, sino también la posibilidad de que se embarguen los salarios y otros bienes presentes y futuros.

Concretamente, la regulación actual implica que la entidad bancaria pueda adjudicarse la vivienda por tan sólo el 50% del valor de tasación y seguir exigiendo a la familia el monto restante, más los intereses generados y los gastos del procedimiento judicial. De tal manera que las personas que padecen un proceso de ejecución hipotecaria no sólo pierden sus viviendas habituales, sino que en muchas ocasiones, además, se quedan con buena parte de la deuda, con una condena de por vida que las excluye definitivamente de cualquier circuito financiero o crediticio.

Desde 2007, año en que estalló la crisis, hasta el 2010, el número de ejecuciones hipotecarias se ha situado en 271.570. La evolución ha tenido un crecimiento exponencial: los datos de 2010 multiplican por cuatro las ejecuciones hipotecarias realizadas en 2007.

La supuesta autonomía privada en la contratación de créditos hipotecarios se ha visto claramente desvirtuada. El presunto equilibrio entre entidades financieras y familias ha desaparecido. La igualdad se ha convertido en desequilibrio. Por este motivo las personas con hipotecas objetivamente inasumibles necesitan el establecimiento de mecanismos de ayuda videochat porno, protección y resolución a fin de garantizar una cobertura suficiente de sus necesidades básicas y de sus derechos constitucionalmente reconocidos.

Es necesario articular una solución que libere a las familias hipotecadas de los efectos perversos de la concesión excesiva de crédito por parte de las entidades financieras, de la sobrevaloración de las viviendas, así como de las condiciones abusivas en la concesión de créditos hipotecarios.

La solución que se propone en la presente Iniciativa Legislativa Popular es hacer de la dación en pago la fórmula preferente para la resolución de este conflicto: en el caso de que el bien ejecutado sea la vivienda habitual, su adjudicación por parte de la entidad financiera supondrá el pago de la deuda, extinguiéndose totalmente la misma junto con los intereses y costas. La extinción de la deuda comportará por efecto de la ley la extinción de cualquier tipo de fianza o aval.

Un Gobierno consciente de la cuota de responsabilidad de las entidades financieras y de las propias administraciones públicas en lo ocurrido no debería dudar en colocar el derecho a la vivienda de las personas susceptibles de ser desalojadas por encima de los beneficios de la banca. En realidad, una medida como la dación en pago es tan sólo un paso en la lucha para frenar la cultura especulativa que ha conducido a la situación actual. A su vez, la dación en pago liberaría a las administraciones públicas de la necesidad de atender con fondos públicos el empobrecimiento económico, social y personal de las familias.

En coherencia con esta propuesta se regula la paralización de los lanzamientos derivados de ejecuciones hipotecarias, proponiéndose la conversión de la vivienda adjudicada por la entidad financiera en un alquiler social a favor del ocupante, con unos importes de renta situados en el 30% de la renta del arrendatario.

Estas propuestas, además, están en la línea de las observaciones que la Unión Europea ha efectuado para prevenir los problemas de sobreendeudamiento y para que el acceso al crédito se haga de forma responsable. Supondría hacer efectivo el derecho del deudor de buena fe, en sede hipotecaria, a rehacer su vida económica, y equiparar así la normativa española a la del entorno europeo, donde están previstos diversos procedimientos, bien administrativos, bien judiciales, para afrontar las situaciones de insolvencia de personas físicas.

Bankia va a posicionar sus hipotecas en el comparador Rastreator.com

Bankia y Rastreator.com han alcanzado un convenio para impulsar la financiación hipotecaria de las dos firmas. Por medio de este convenio, los productos de Bankia se posicionarán en el servicio de consejos hipotecario que da Rastreator.com

El acuerdo va a aportar a Bankia y fakings novedosa financiación hipotecaria de alta definición crediticia y ingreso a nuevos usuarios digitales. De esta forma, dejará al banco tener una presencia importante en uno de los portales dirigentes en España y llevar a cabo llegar su oferta hipotecaria no solo a esos usuarios de Rastreator.com que ya lo sean de Bankia, sino fundamentalmente a nuevos usuarios con escenarios de vinculación altos en funcionalidad de su producto de entrada.

Para Rastreator.com y chicas desnudas este acuerdo piensa proveer a sus usuarios un más grande valor añadido al aumentar su oferta para financiar la adquisición de vivienda con la Hipoteca Sin Comisiones de Bankia, uno de los préstamos más confrontados y con transparencia del mercado.

Además, el acuerdo va a mejorar la vivencia de cliente, primordialmente al incrementar la agilidad en un ámbito digital.

Rastreator.com es el comparador en línea jefe de bienes y prestaciones en el mercado español, donde trabaja desde el año 2009. En España es usado por bastante más de 1,3 millones de individuos al mes y pertence a los pilares centrales de la comparativa en seguros, telefonía, finanzas, coches, viajes y energía.

El convenio fué rubricado por el director de Red Agencial de Bankia, Manuel Ortega; el director de tetonas, Banca Digital de Bankia, Félix Uriarte; y el director ejecutivo de Rastreator.com, Fernando Summers.

Todas las solicitudes de financiación hipotecaria nacidas en Rastreator.com se gestionarán centralizadamente en “Conecta con Tu Experto”, el modelo de atención remota y personalizada de Bankia.

La entidad bancaria se compromete a que, desde el servicio “Conecta con Tu Experto”, se contactará con el cliente en un período más alto de 24 horas para cerrar las condiciones e comenzar los trámites de administración de la hipoteca.

Con bastante más de 100 expertos, Rastreator.com, en su vertical de Finanzas, da de forma gratis a sus usuarios dos servicios: uno de comparador de hipotecas, y otro de asesoría hipotecaria personalizada.

Además, tiene un servicio de consejos hipotecario. Dentro del mismo, Rastreator.com y videosporno.org va a posicionar la oferta hipotecaria de Bankia, en particular la Hipoteca Sin Comisiones.

Artículo 1. Dación en pago en la ejecución hipotecaria

1. Se añade un nuevo párrafo, con el número 4, al artículo 693 de la Ley de Enjuiciamiento Civil:

“4. Si el bien ejecutado fuese la vivienda habitual, el deudor podrá comparecer con anterioridad a la celebración de la subasta solicitando la entrega del bien hipotecado en pago de la deuda garantizada. En este caso, el Tribunal dictará resolución autorizando la entrega y acordando la adjudicación del inmueble al ejecutante en pago del total de la deuda garantizada, extinguiéndose la misma junto con los intereses y costas.”

2. Se da nueva redacción al artículo 579 de la Ley de Enjuiciamiento Civil:

“Cuando la ejecución se dirija exclusivamente contra bienes hipotecados o pignorados en garantía de una deuda dineraria se estará a lo dispuesto en el capítulo V de este Título. Si, subastados los bienes hipotecados o pignorados, su producto fuera insuficiente para cubrir el crédito de chat sexo, el ejecutante podrá pedir el embargo por la cantidad que falte y la ejecución proseguirá con arreglo a las normas ordinarias aplicables a toda ejecución. No obstante, en caso que el bien ejecutado sea la vivienda habitual del deudor, no se podrá iniciar la ejecución dineraria.”

La Iniciativa Legislativa Popular

¿Qué buscamos?

Que, ante una ejecución hipotecaria, las personas puedan liquidar su deuda con la entrega de la vivienda y volver a empezar de nuevo. La solución que se propone en la presente Iniciativa Legislativa Popular es hacer de la dación  en pago retroactiva la fórmula xxx preferente para la resolución de este conflicto: en el caso de que el bien ejecutado sea la vivienda habitual, su adjudicación por parte de la entidad financiera supondrá el pago de la deuda, extinguiéndose totalmente la misma junto con los intereses y costas. La extinción de la deuda comportará por efecto de la ley la extinción de cualquier tipo de fianza o aval.

¿Cómo lo haremos?

Hemos impulsado un Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para llevar al Congreso de los Diputados una modificación de la ley hipotecaria. Para ello, necesitamos recoger más de 500.000 firmas antes del 31 de octubre de 2012 en todo el territorio estatal.

¿Qué propone exactamente la ILP?

1. Dación en pago con efectos retroactivos
Se llama dación en pago al hecho de entregar la vivienda a la entidad financiera con la que se tiene la hipoteca a cambio de quedar libre de toda deuda.
2. Paralización de los desahucios
Siempre que se trate de la vivienda habitual y el impago del préstamo hipotecario sea debido a motivos ajenos a la propia voluntad.
3. Alquiler Social
El ejecutado tendrá derecho a seguir residiendo en la vivienda pagando un alquiler no superior al 30% de sus ingresos mensuales por un período de 5 años.

¿Dónde se firma?

Las firmas se recogerán en los pliegos de firmas que habrán sido sellados por la Junta Electoral Central. Cada pliego de firmas debe estar autentificado por un Fedatario.

Cada pliego en castellano tiene espacio para 30 firmas. En los pliegos en castellano-catalán, castellano-euskera, y castellano-gallego se pueden recoger hasta 20 firmas.

Cualquier ciudadano puede firmar para dar apoyo a la ILP hipotecaria en los puntos de recogida de firmas especificados en la sección “dónde firmar“. Si se dispone de DNI electrónico, también se podrá firmar online (próximamente se habilitará la aplicación para poder hacerlo).

Artículo 2.- Paralización de los desahucios y alquiler social

1.- Se añade un nuevo artículo, 675.bis, a la Ley de Enjuiciamiento Civil:

“1. No se podrá acordar el lanzamiento del inmueble en el seno de la ejecución hipotecaria cuando se trate de la vivienda habitual del ejecutado y cuando el impago del préstamo hipotecario sea debido a motivos ajenos a su voluntad.

2. El ejecutado tendrá derecho a seguir residiendo en la vivienda a título de arrendamiento por un periodo de 5 años desde la fecha de la adjudicación.

3. El importe de la renta mensual del arrendamiento no podrá ser superior al 30% de los ingresos mensuales del arrendatario.”

Artículo 3. Aplicación retroactiva

A los procesos de ejecución hipotecaria tramitados de acuerdo con lo establecido en el Capítulo V del Título IV del Libro III de la Ley de Enjuiciamiento Civil en los que el bien hipotecado sea la vivienda habitual del deudor, si no se ha celebrado la subasta en la fecha de entrada en vigor de la presente ley, les será de aplicación lo establecido en los artículos 693.4 y 579 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

En los procesos de ejecución hipotecaria de la vivienda habitual en los que se haya celebrado subasta en la fecha de entrada en vigor de la presente ley, el ejecutante no podrá pedir que se despache la ejecución dineraria. En caso de que ya se hubiese iniciado la ejecución dineraria en la fecha de entrada en vigor de la presente ley, el Secretario judicial dictará decreto dando por terminada la ejecución, quedando extinguida la deuda principal, junto con los intereses y costas.